Publicada D.O. 3 jun/005 - Nº
26761
Ley Nº 17.870
INMUEBLE DEL PREDIO "PLAYA DEL
RINCÓN DE LA HIGUERA"
SE DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA SU
EXPROPIACIÓN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Declárase de utilidad pública la
expropiación del predio conocido como "Playa del Rincón de la
Higuera" de, aproximadamente, 17 hectáreas 3.000 metros cuadrados,
ubicado en la 2da. Sección Judicial del Departamento de Soriano,
delimitado de la siguiente manera: al norte línea de ribera con el
río Negro, al sur línea de 500 metros, al oeste línea que une ésta
con la línea de ribera en aproximadamente 208 metros, ambas
deslindadas con el resto del Padrón Nº 1, al este línea de 511
metros con el Padrón Nº 122 y camino vecinal de acceso, con destino
a playa, camping y servicios conexos, facultándose a la autoridad
correspondiente a llevar a cabo el proceso expropiatorio de acuerdo
a la Ley
Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, y demás normas legales
complementarias y modificativas.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
17 de mayo de 2005.
RODOLFO NÍN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
Montevideo, 28 de Mayo de 2005.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ.
JOSÉ DÍAZ.
DANILO ASTORI.
HÉCTOR LESCANO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.