Publicada D.O. 5 ago/005 - Nº
26805
Ley Nº 17.880
EDUARDO LAPAITIS VAITKUNAITE
Pensión graciable
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable, al señor
Eduardo Lapaitis Vaitkunaite, cédula de identidad Nº 614.508-8,
equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.
Artículo 2º.- La erogación resultante, será atendida por
Rentas Generales.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 12 de julio de 2005.
NORA CASTRO,
Presidente.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 29 de julio de 2005.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
DR. TABARÉ VÁZQUEZ.
JORGE BROVETTO.
MARIO BERGARA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.