Ley 17889

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Publicada D.O. 5 set/005 - Nº 26825 Ley Nº 17.889 OPERACIÓN ACRUX II SE AUTORIZA LA CONCURRENCIA DE UN CONTINGENTE A LA OPERACIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EN LA REPÚBLICA ARGENTINA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Autorízase la concurrencia de un contingente de 50 (cincuenta) Personal Militar del Cuerpo de Fusileros Navales, un guardacosta, un buque logístico, una aeronave de ala fija y una aeronave de ala rotatoria de la Armada Nacional con sus correspondientes tripulaciones a la Operación ACRUX II, que se llevará a cabo en la República Argentina (Zárate), entre los días 21 de agosto y 2 de setiembre de 2005.     Sala de Sesiones de la Cámara de de Representantes, en Montevideo, a 16 de agosto de 2005. NORA CASTRO, Presidenta. Marti Dalgalarrondo Añón, Secretario. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo, 26 de agosto de 2005. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. Dr. TABARÉ VÁZQUEZ. AZUCENA BERRUTTI. JOSÉ DÍAZ. REINALDO GARGANO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.