Publicada D.O. 16 set/2005 - Nº
26834
Ley Nº 17.893
INMUEBLE RURAL DE LA 10a. SECCIÓN
CATASTRAL
DEL DEPARTAMENTO DE CANELONES
SE TRANSFIERE A TÍTULO GRATUITO A LA
ADMINISTRACIÓN
DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO (OSE)
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 17.807, de 1º
de setiembre de 2004, por el siguiente:
"ARTICULO
1º.- Transfiérese a título gratuito, del dominio del Estado
(Ministerio de Transporte y Obras Públicas) a la Administración de
las Obras Sanitarias del Estado (OSE), el inmueble padrón Nº 57.236
(cincuenta y siete mil doscientos treinta y seis), rural, ubicado
en la 10a. Sección Catastral del departamento de Canelones, de la
fracción del plano de mensura y deslinde del ingeniero agrimensor
Germán Dellepiane, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro
con el Nº 8.810, el 24 de agosto de 1998, tiene un área de 1.392,78
metros cuadrados".
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
6 de setiembre de 2005.
VICTOR VAILLANT,
Presidente.
Santiago González Barboni,
Secretario.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo, 12 de Setiembre de
2005.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ.
LUIS LAZO
MARIANO ARANA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.