Publicada D.O. 26 dic/005 - Nº
26903
Ley Nº 17.927
MERCOSUR - BOLIVIA Y CHILE
ACUERDOS SOBRE RESIDENCIA PARA
NACIONALES DE LOS ESTADOS PARTE
DEL MERCOSUR Y SOBRE RESIDENCIA PARA NACIONALES DE LOS
ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR, BOLIVIA Y CHILE
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébanse los Acuerdos sobre Residencia para Nacionales
de los Estados Partes del MERCOSUR y sobre Residencia para Nacionales de los Estados
Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile, hechos en la ciudad de
Brasilia, República Federativa del Brasil, el 6 de diciembre de
2002.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 8 de diciembre de 2005.
BEATRIZ ARGIMÓN,
1ra. Vicepresidenta.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 19 de diciembre de
2005.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
TABARÉ VÁZQUEZ.
MARÍA B. HERRERA.
JOSÉ DÍAZ.
EDUARDO BONOMI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.