Publicada D.O. 22 ago/006 - Nº
27061
Ley Nº 18.004
PANAMÁ - URUGUAY
CONVENIO DE COOPERACIÓN
TURÍSTICA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Convenio de Cooperación Turística entre el
Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la
República de Panamá, suscrito en la ciudad de Montevideo, el 9 de
noviembre de 1996.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 9 de agosto de 2006.
JULIO CARDOZO FERREIRA,
Presidente.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
Montevideo, 16 de agosto de
2006.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Dr.TABARÉ VÁZQUEZ.
REINALDO GARGANO.
DANILO ASTORI.
JORGE BROVETTO.
HECTOR LESCANO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.