Publicada D.O. 28 nov/006 - Nº
27128
Ley Nº 18.055
DÍA DE LA CULTURA GAUCHA O CULTURA
DE LA PAMPA
SE DECLARA FERIADO LABORABLE PARA EL
DEPARTAMENTO DE RIVERA
EL DÍA 20 DE SETIEMBRE DE CADA AÑO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Declárase feriado laborable para el
departamento de Rivera, el día 20 de setiembre de cada año, con
motivo de conmemorarse el "Día de la Cultura Gaucha o Cultura de la
Pampa".
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
8 de noviembre de 2006.
RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 20 de noviembre de
2006.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
TABARÉ VÁZQUEZ.
JORGE BROVETTO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.