Ley 18055

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Publicada D.O. 28 nov/006 - Nº 27128 Ley Nº 18.055 DÍA DE LA CULTURA GAUCHA O CULTURA DE LA PAMPA SE DECLARA FERIADO LABORABLE PARA EL DEPARTAMENTO DE RIVERA EL DÍA 20 DE SETIEMBRE DE CADA AÑO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Declárase feriado laborable para el departamento de Rivera, el día 20 de setiembre de cada año, con motivo de conmemorarse el "Día de la Cultura Gaucha o Cultura de la Pampa".     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8 de noviembre de 2006. RODOLFO NIN NOVOA, Presidente. HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Montevideo, 20 de noviembre de 2006. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. TABARÉ VÁZQUEZ. JORGE BROVETTO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.