Publicada D.O. 1º dic/006 - Nº
27131
Ley Nº 18.056
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES
UNIDAS
CONVENCIÓN CONTRA LA CORRUPCIÓN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase la Convención de las Naciones Unidas
contra la Corrupción suscrita en Mérida, México, del 9 al 11 de
diciembre de 2003, que consta del preámbulo y setenta y un
artículos.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 14 de noviembre de 2006.
JULIO CARDOZO FERREIRA,
Presidente.
MARTI DALGALARRONDO AÑÓN,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 20 de noviembre de
2006.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
TABARÉ VÁZQUEZ.
REINALDO GARGANO.
JOSÉ E. DÍAZ.
DANILO ASTORI.
JORGE BROVETTO.
EDUARDO BONOMI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.