Publicada D.O. 29 dic/006 - Nº
27150
Ley Nº 18.075
PENSIÓN GRACIABLE
CONCÉDESE AL SEÑOR JUAN ANTONIO
IGLESIAS VILLAR
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1.- Concédese una
pensión graciable, al señor Juan Antonio Iglesias Villar, cédula de
identidad Nº 649.477-8, equivalente a cuatro bases de prestaciones
y contribuciones.
Artículo 2.- Precísase que
la erogación resultante será atendida por Rentas Generales.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
29 noviembre de 2006.
RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 15 de diciembre de
2006.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
TAVARÉ VÁZQUEZ.
JORGE BROVETTO
DANILO ASTORI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.