Publicada D.O. 12 abr/007 - Nº
27216
Ley Nº 18.107
DÍA URUGUAYO DEL TANGO
SE DECLARA EL 5 DE OCTUBRE DE CADA
AÑO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Declárase
el 5 de octubre de cada año "Día Uruguayo del Tango"
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 14 de marzo de 2007.
ENRIQUE PINTADO,
Presidente.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 29 de marzo de 2007.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
TABARÉ VÁZQUEZ.
JORGE BROVETTO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.