Ley 18117

Descarga el documento

Publicada D.O. 7 may/007 - Nº 27231 Ley Nº 18.117 NORDIC INVESTMENT BANK - URUGUAY SE APRUEBA EL ACUERDO MARCO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo Marco entre la República Oriental del Uruguay y el Nordic Investment Bank, suscrito en Helsinski, Finlandia, el 1º de agosto de 2006.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 17 de abril de 2007. ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, Presidente. Hugo Rodríguez Filippini, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 23 de abril de 2007. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. TABARÉ VÁZQUEZ. REINALDO GARGANO. DANILO ASTORI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.