Ley 18118

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Publicada D.O. 7 may/007 - Nº 27231 Ley Nº 18.118 TERESITA PENINO DE MINETTI SE LE CONCEDE UNA PENSIÓN GRACIABLE El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable a la señora Teresita Penino de Minetti, titular de la cédula de identidad Nº 1.230.055-1, equivalente a cuatro bases de prestaciones y contribuciones. Artículo 2º.- Precísase que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 10 de abril de 2007. ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, Presidente. Hugo Rodríguez Filippini, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 23 de abril de 2007. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. TABARÉ VÁZQUEZ. JORGE BROVETTO. DANILO ASTORI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.