Publicada D.O. 27 jun/007 - Nº
27266
Ley Nº 18.143
PROTECTOR DE LOS PUEBLOS LIBRES
DESIGNACIÓN AL LICEO DE CHAPICUY,
DEPARTAMENTO DE PAYSANDÚ
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Desígnase con el nombre de "Protector de
los Pueblos Libres" al Liceo de Chapicuy, en el departamento de
Paysandú, dependiente del Consejo de Educación Secundaria
(Administración Nacional de Educación Pública).
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 12
de junio de 2007.
RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 18 de junio de 2007.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
TABARÉ VÁZQUEZ.
JORGE BROVETTO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.