Ley 18151

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Publicada D.O. 16 jul/007 - Nº 27279 Ley Nº 18.151 ACUERDO CON EL BANCO MUNDIAL PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DEL CITADO ORGANISMO A P R O B A C I Ó N El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Mundial para el establecimiento de una Oficina de Representación de dicho Organismo, establecido por nota suscrita los días 8 y 26 de abril de 2005. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de julio de 2007. RODOLFO NIN NOVOA, Presidente. Hugo Rodríguez Filippini, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Montevideo, 9 de julio de 2007. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. TABARÉ VÁZQUEZ. REINALDO GARGANO. DAISY TOURNÉ. DANILO ASTORI. AZUCENA BERRUTTI. JORGE BROVETTO. EDUARDO BONOMI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.