Ley 18198

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Publicada D.O. 28 nov./007 - Nº 27373 Ley Nº 18.198 RANGO DE GENERAL DE EJÉRCITO, ALMIRANTE O GENERAL DEL AIRE OTORGAMIENTO AL OFICIAL GENERAL DESIGNADO COMO COMANDANTE EN JEFE EN EL RESPECTIVO COMANDO GENERAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 147 del Decreto-Ley Nº 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas), de 21 de febrero de 1974, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 15.808, de 7 de abril de 1986, por el siguiente: "ARTÍCULO 147.- El Oficial General designado Comandante en Jefe ostentará automáticamente el rango de General de Ejército, Almirante o General del Aire y tendrá potestades disciplinarias. El cese en el cargo de Comandante en Jefe determinará necesariamente el pase a retiro obligatorio". Artículo 2º.- Todas las veces que las normas legales y reglamentarias refieran al rango de Teniente General, Vice-Almirante o Teniente General (Av.) deberá entenderse que se hace referencia a la denominación prevista en el artículo 1º de la presente ley.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 14 de noviembre de 2007. TABARÉ HACKENBRUCH LEGNANI, 1er. Vicepresidente JOSÉ PEDRO MONTERO, Secretario. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Montevideo, 21 de noviembre de 2007. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. RODOLFO NIN NOVOA. Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia. AZUCENA BERRUTTI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.