Publicada D.O. 8 ene/008 - Nº
27400
Ley Nº 18.215
CIUDAD DE FRAILE MUERTO,
DEPARTAMENTO DE CERRO LARGO
SE DECLARA FERIADO NO LABORABLE EL
DÍA 3 DE ENERO DE 2008, CON MOTIVO
DE CONMEMORARSE EL CENTENARIO DE SU FUNDACIÓN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Declárase
feriado no laborable para la ciudad de Fraile Muerto, departamento
de Cerro Largo, el día 3 de enero de 2008, con motivo de
conmemorarse los cien años de su fundación.
Artículo 2º.- Otórgase goce
de licencia paga durante la fecha indicada en el artículo 1º, a los
trabajadores de las actividades pública y privada nacidos o
radicados en las 6a., 7a. y 8a. Secciones Judiciales del
departamento de Cerro Largo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
5 de diciembre de 2007.
RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PAÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 9 de diciembre de
2007.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
TABARÉ VÁZQUEZ.
DAISY TOURNÉ.
REINALDO GARGANO.
DANILO ASTORI.
AZUCENA BERRUTTI.
JORGE BROVETTO.
VÍCTOR ROSSI.
JORGE LEPRA.
EDUARDO BONOMI.
MARÍA JULIA MUÑOZ.
JOSÉ MUJICA.
HÉCTOR LESCANO.
MARIANO ARANA.
MARINA ARISMENDI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.