Publicada D.O. 14 abr/008 - Nº
27462
Ley Nº 18.263
DÍA NACIONAL DE LA NO VIOLENCIA
SE DECLARA EL 11 DE MARZO DE CADA
AÑO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Declárase el
día once de marzo de cada año "Día Nacional de la No
Violencia".
Artículo 2º.- En la fecha
referida en el artículo anterior, el Poder Ejecutivo y la
Administración Nacional de Educación Pública dispondrán acciones
públicas orientadas a promover la reflexión y sensibilización de la
ciudadanía respecto a los episodios de violencia que, en todas sus
expresiones, afectan a nuestra sociedad.
Artículo 3º.- A efectos de
lo dispuesto precedentemente, las autoridades públicas podrán
requerir la colaboración de los medios de comunicación masiva para
la difusión de los eventos que se realizaren en cumplimiento de la
presente ley.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 11 de marzo de 2008.
ALBERTO PERDOMO GAMARRA,
Presidente.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 4 de abril de 2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
TABARÉ VÁZQUEZ.
MARÍA SIMON.
DAISY TOURNÉ.
GONZALO FERNÁNDEZ.
DANILO ASTORI.
JOSÉ BAYARDI.
VICTOR ROSSI.
DANIEL MARTINEZ.
EDUARDO BONOMI.
MARÍA JULIA MUÑOZ.
ERNESTO AGAZZI.
HÉCTOR LESCANO.
CARLOS COLACCE.
MARINA ARISMENDI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.