Publicada D.O. 28 abr/008 - Nº
27472
Ley Nº 18.269
PAISES BAJOS - URUGUAY
CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL.
APROBACIÓN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único.- Apruébase el Convenio de Seguridad Social entre la República
Oriental del Uruguay y el Reino de los Países Bajos y el Acuerdo Administrativo para la Implementación
del Convenio de Seguridad Social entre la República Oriental del
Uruguay y el Reino de los Países Bajos, suscritos en la ciudad de
Montevideo, el día 11 de octubre de 2005.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 9 de abril de 2008.
ALBERTO PERDOMO GAMARRA,
Presidente.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 19 de abril de 2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
aprueba el Convenio de Seguridad Social y el Acuerdo
Administrativo para la Implementación del Convenio de Seguridad
Social entre la República Oriental del Uruguay y el Reino de los
Países Bajos.
TABARÉ VÁZQUEZ.
GONZALO FERNÁNDEZ.
DANILO ASTORI
EDUARDO BONOMI
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.