Publicada D.O. 1º jul/008 - Nº
27516
Ley Nº 18.313
ACUERDO DE COOPERACIÓN CULTURAL CON
EL GOBIERNO
DE LA REPÚBLICA DE ARMENIA
APROBACIÓN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Apruébase el Acuerdo sobre Cooperación Cultural entre el
Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la
República de Armenia, firmado en Montevideo, el 23 de mayo de
2000.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
18 de junio de 2008.
JOSÉ MUJICA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 25 de junio de 2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
aprueba el Acuerdo sobre Cooperación Cultural entre el Gobierno de
la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de
Armenia, firmado en Montevideo, el 23 de mayo de 2000.
RODOLFO NIN NOVOA.
MARÍA SIMON.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.