Ley 18349

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Publicada D.O. 24 set/008 - Nº 27575 Ley Nº 18.349 ACUERDO CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR APROBACIÓN El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo único.- Apruébase el Acuerdo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes entre los Estados Partes del MERCOSUR, suscrito en la ciudad de Belo Horizonte, República Federativa del Brasil, el día 16 de diciembre del año 2004.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 9 de setiembre de 2008. UBERFIL HERNÁNDEZ, 1er. Vicepresidente. Marti Dalgalarrondo Añón, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 15 de setiembre de 2008. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba el Acuerdo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes entre los Estados Partes del MERCOSUR, suscrito en la ciudad de Belo Horizonte, República Federativa del Brasil, el 16 de diciembre de 2004. TABARÉ VÁZQUEZ. GONZALO FERNÁNDEZ. DAISY TOURNÉ. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.