Publicada D.O. 24 set/008 - Nº
27575
Ley Nº 18.350
ACUERDO CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE
MIGRANTES ENTRE LOS
ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR, LA REPÚBLICA
DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE
APROBACIÓN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Apruébase
el Acuerdo contra el Tráfico
Ilícito de Migrantes entre los Estados Partes del MERCOSUR, la
República de Bolivia y la República de Chile, suscrito en la ciudad
de Belo Horizonte, República Federativa del Brasil, el día 16 de
diciembre del año 2004.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 9 de setiembre de 2008.
UBERFIL HERNÁNDEZ,
1er. Vicepresidente.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
Montevideo, 15 de setiembre de
2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
aprueba el Acuerdo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes entre los
Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República
de Chile, suscrito en la ciudad de Belo Horizonte, República
Federativa del Brasil, el 16 de diciembre de 2004.
TABARÉ VÁZQUEZ.
GONZALO FERNÁNDEZ.
DAISY TOURNÉ.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.