Publicada D.O. 31 oct/008 - Nº
27602
Ley Nº 18.371
CIUDAD CAPITAL DEL DEPARTAMENTO DE
RIVERA
SE DECLARA CIUDAD SÍMBOLO DE LA
INTEGRACIÓN ENTRE LOS PAÍSES DEL MERCOSUR
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Declárase a la
ciudad de Rivera, capital del departamento de Rivera, "CIUDAD
SÍMBOLO DE INTEGRACIÓN ENTRE LOS PAÍSES MIEMBROS DEL MERCOSUR", por
su simbiosis socio-económica, cultural y territorial con la ciudad
brasileña Sant'Ana do Livramento del estado de Río Grande del
Sur.
Artículo 2º.- El Poder
Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y del
Ministerio de Turismo y Deporte, reglamentará la divulgación de la
presente ley no sólo en el ámbito del MERCOSUR, sino también ante
otros organismos internacionales.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
7 de octubre de 2008.
RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
Montevideo, 17 de octubre de
2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
declara a la ciudad de Rivera, ciudad símbolo de la integración de
los países del MERCOSUR.
TABARÉ VÁZQUEZ.
GONZALO FERNÁNDEZ.
LILIAM KECHICHIÁN
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.