Publicada D.O. 31 oct/008 - Nº
27602
Ley Nº 18.385
INSCRIPCIÓN DE TÍTULOS DE PROPIEDAD
DE PREDIOS PERTENECIENTES
A COLONIAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACIÓN
SE PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN
LA LEY Nº 11.029, EN LA
REDACCIÓN DADA POR LA LEY Nº 18.187
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Prorróganse por seis meses los plazos
establecidos en los incisos sexto, séptimo, octavo y noveno del
artículo 70 de la Ley Nº 11.029, de 12 de enero de 1948, en la redacción
dada por el artículo 15 de la Ley Nº 18.187, de 2 de noviembre de 2007.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo,
a 8 de octubre de 2008.
UBERFIL HERNÁNDEZ,
1er. Vicepresidente.
José Pedro Montero,
Secretario.
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 17 de octubre de
2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
prorrogan los plazos establecidos en la Ley Nº 11.029, de 12 de
enero de 1948, en la redacción dada por la Ley Nº 18.187, de 2 de
noviembre de 2007, relativo a la inscripción de títulos de
propiedad de predios pertenecientes a colonias del Instituto
Nacional de Colonización.
TABARÉ VÁZQUEZ.
ERNESTO AGAZZI.
DAISY TOURNÉ.
ÁLVARO GARCÍA.
MARÍA SIMON.
VÍCTOR ROSSI.
DANIEL MARTÍNEZ.
MARÍA JULIA MUÑOZ.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.