Ley 18385

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Publicada D.O. 31 oct/008 - Nº 27602 Ley Nº 18.385 INSCRIPCIÓN DE TÍTULOS DE PROPIEDAD DE PREDIOS PERTENECIENTES A COLONIAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACIÓN SE PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN LA LEY Nº 11.029, EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY Nº 18.187 El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo único.- Prorróganse por seis meses los plazos establecidos en los incisos sexto, séptimo, octavo y noveno del artículo 70 de la Ley Nº 11.029, de 12 de enero de 1948, en la redacción dada por el artículo 15 de la Ley Nº 18.187, de 2 de noviembre de 2007. Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 8 de octubre de 2008. UBERFIL HERNÁNDEZ, 1er. Vicepresidente. José Pedro Montero, Secretario. MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Montevideo, 17 de octubre de 2008. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se prorrogan los plazos establecidos en la Ley Nº 11.029, de 12 de enero de 1948, en la redacción dada por la Ley Nº 18.187, de 2 de noviembre de 2007, relativo a la inscripción de títulos de propiedad de predios pertenecientes a colonias del Instituto Nacional de Colonización. TABARÉ VÁZQUEZ. ERNESTO AGAZZI. DAISY TOURNÉ. ÁLVARO GARCÍA. MARÍA SIMON. VÍCTOR ROSSI. DANIEL MARTÍNEZ. MARÍA JULIA MUÑOZ. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.