Publicada D.O. 6 nov/008 - Nº
27606
Ley Nº 18.400
EXONERACIONES TRIBUTARIAS
ESTABLECIDAS A FAVOR DE LAS
COOPERATIVAS SOCIALES
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 7º DE LA
LEY Nº 17.978
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Sustitúyese el artículo 7º de la
Ley
Nº 17.978, de 26 de junio de 2006, por el siguiente:
"ARTÍCULO 7º. (Fomento).- Se declara de interés general el fomento
de las cooperativas sociales. Las mismas quedan exoneradas de todo
tributo nacional. Asimismo, estarán exoneradas de todo aporte
patronal a la Seguridad Social, incluido el correspondiente al
Fondo Nacional de Salud establecido en el artículo 61 de la
Ley
Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, modificativas y
concordantes, rigiendo la modificación y la exoneración referida a
partir del 1º de enero de 2008".
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
22 de octubre de 2008.
JOSÉ MUJICA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y
MEDIO AMBIENTE
Montevideo, 24 de octubre de
2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
sustituye el artículo 7º de la Ley Nº 17.978, de 26 de junio de
2006, en el que se declara de interés general el fomento de las
cooperativas sociales.
TABARÉ VÁZQUEZ.
MARINA ARISMENDI.
DAISY TOURNÉ.
GONZALO FERNÁNDEZ.
ÁLVARO GARCÍA.
JOSÉ BAYARDI.
MARÍA SIMON.
VÍCTOR ROSSI.
DANIEL MARTÍNEZ.
EDUARDO BONOMI.
MARÍA JULIA MUÑOZ.
ERNESTO AGAZZI.
HÉCTOR LESCANO.
CARLOS COLACCE.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.