Publicada D.O. 22 dic/008 - Nº
27638
Ley Nº 18.430
DÍA NACIONAL DEL PACIENTE
CELÍACO
CONMEMORACIÓN EL 5 DE MAYO DE CADA
AÑO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Declárase en forma anual el día 5 de
mayo como "Día Nacional del Paciente Celíaco".
Artículo 2º.- El Ministerio de Salud Pública
organizará y promocionará, durante ese día, actividades destinadas
a conocer y favorecer el diagnóstico de la enfermedad celíaca.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3
de diciembre de 2008.
JOSÉ MUJICA
Presidente
Hugo Rodríguez Filippini
Secretario
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 5 de diciembre de
2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la ley por la que se
declara "Día Nacional del Paciente Celíaco", el 5 de mayo de cada
año.
TABARÉ VÁZQUEZ
MARÍA JULIA MUÑOZ.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.