Publicada D.O. 30 dic/008 - Nº
27643
Ley Nº 18.431
DOCTOR HUGO BATALLA
SE DENOMINA A UN TRAMO DE LAS
PROLONGACIONES DE LAS RUTAS NACIONALES Nº 1 Y 5
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Desígnase "Doctor Hugo Batalla" al tramo
de ruta nacional correspondiente a las prolongaciones de las Rutas
Nacionales Nº 5, Brigadier General Fructuoso Rivera, y Nº 1,
Brigadier General Manuel Oribe, acceso noroeste a la ciudad de
Montevideo, desde la intersección con la avenida Carlos María
Ramírez hasta la que se produce con la calle Colombia.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 2
de diciembre de 2008.
RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 12 de diciembre de
2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
designa "Doctor Hugo Batalla" al tramo de ruta nacional
correspondiente a las prolongaciones de las Rutas Nacionales Nº 5,
"Brigadier General Fructuoso Rivera", y Nº 1, "Brigadier General
Manuel Oribe", acceso noroeste a la ciudad de Montevideo, desde la
intersección con la avenida Carlos María Ramírez, hasta la que se
produce con la calle Colombia..
TABARÉ VÁZQUEZ.
VICTOR ROSSI,
MARIA SIMON.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.