Publicada D.O. 23 ene/009 - Nº
27659
Ley Nº 18.448
INMUEBLE PADRON Nº 401.497 DEL
DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO
SE DESAFECTA DEL PATRIMONIO DEL
ESTADO -MINISTERIO DE VIVIENDA,
ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE- Y SE AFECTA AL
PATRIMONIO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Desaféctase el inmueble padrón
Nº 401.497 del departamento de Montevideo, del patrimonio del
Estado, afectándolo al de la Administración Nacional de Educación
Pública.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 22 de diciembre de 2008.
UBERFIL HERNÁNDEZ,
1er. Vicepresidente.
José Pedro Montero,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo, 24 de diciembre de
2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
desafecta el inmueble padrón Nº 401.497 del departamento de
Montevideo, del patrimonio del Estado, afectándolo al de la
Administración Nacional de Educación Pública.
TABARÉ VÁZQUEZ.
MARÍA SIMON.
JACK COURIEL.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.