Ley 18448

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Publicada D.O. 23 ene/009 - Nº 27659 Ley Nº 18.448 INMUEBLE PADRON Nº 401.497 DEL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO SE DESAFECTA DEL PATRIMONIO DEL ESTADO -MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE- Y SE AFECTA AL PATRIMONIO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo único.- Desaféctase el inmueble padrón Nº 401.497 del departamento de Montevideo, del patrimonio del Estado, afectándolo al de la Administración Nacional de Educación Pública.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 22 de diciembre de 2008. UBERFIL HERNÁNDEZ, 1er. Vicepresidente. José Pedro Montero, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA  MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Montevideo, 24 de diciembre de 2008. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se desafecta el inmueble padrón Nº 401.497 del departamento de Montevideo, del patrimonio del Estado, afectándolo al de la Administración Nacional de Educación Pública. TABARÉ VÁZQUEZ. MARÍA SIMON. JACK COURIEL. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.