Ley 18503

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Publicada D.O. 1º jul/009 - Nº 27762 Ley Nº 18.503 PORTUGAL - URUGUAY ACUERDO SOBRE COOPERACIÓN ECONÓMICA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo único.- Apruébase el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Portuguesa sobre Cooperación Económica, firmado en Lisboa, el 20 de setiembre de 2007.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 3 de junio de 2009. ROQUE ARREGUI, Presidente. José Pedro Montero, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS   MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA    MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Montevideo, 18 de junio de 2009. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Portuguesa sobre Cooperación Económica, firmado en la ciudad de Lisboa, el 20 de setiembre de 2007. TABARÉ VÁZQUEZ. GONZALO FERNÁNDEZ. ÁLVARO GARCÍA. MARÍA SIMON. DANIEL MARTÍNEZ. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.