Publicada D.O. 28 jul/009 - Nº
27781
Ley Nº 18.524
HOSPITAL DE OJOS JOSÉ MARTÍ
DESIGNACIÓN AL PRIMER CENTRO DE
REFERENCIA OFTALMOLÓGICA DEL PAÍS, UBICADO EN EL
PREDIO DEL HOSPITAL GUSTAVO SAINT BOIS
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Desígnase "Hospital de Ojos José Martí" el
primer centro de referencia oftalmológica del país, ubicado en el
predio del Hospital Gustavo Saint Bois.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
14 de julio de 2009.
ALBERTO COURIEL,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 20 de julio de 2009.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
designa "Hospital de Ojos José Martí" el primer centro de
referencia oftalmológica del país, ubicado en el predio del
Hospital Gustavo Saint Bois.
TABARÉ VÁZQUEZ.
MARÍA JULIA MUÑOZ.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.