Ley 18524

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Publicada D.O. 28 jul/009 - Nº 27781 Ley Nº 18.524 HOSPITAL DE OJOS JOSÉ MARTÍ DESIGNACIÓN AL PRIMER CENTRO DE REFERENCIA OFTALMOLÓGICA DEL PAÍS, UBICADO EN EL PREDIO DEL HOSPITAL GUSTAVO SAINT BOIS El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo único.- Desígnase "Hospital de Ojos José Martí" el primer centro de referencia oftalmológica del país, ubicado en el predio del Hospital Gustavo Saint Bois.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 14 de julio de 2009. ALBERTO COURIEL, Presidente. Hugo Rodríguez Filippini, Secretario. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Montevideo, 20 de julio de 2009. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se designa "Hospital de Ojos José Martí" el primer centro de referencia oftalmológica del país, ubicado en el predio del Hospital Gustavo Saint Bois. TABARÉ VÁZQUEZ. MARÍA JULIA MUÑOZ. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.