Publicada D.O. 8 set/009 - Nº
27810
Ley Nº 18.541
MAESTRO JULIO CASTRO
DESIGNACIÓN A LA ESCUELA Nº 44 DE LA
LOCALIDAD DE EGAÑA, DEPARTAMENTO DE SORIANO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Desígnase "Maestro Julio Castro" la
Escuela Nº 44 de pueblo Egaña, departamento de Soriano, dependiente
del Consejo de Educación Primaria, Administración Nacional de
Educación Pública.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
18 de agosto de 2009.
RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 26 de agosto de
2009.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
designa "Maestro Julio Castro" la Escuela Nº 44 de pueblo Egaña,
departamento de Soriano, dependiente del Consejo de Educación
Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.
TABARÉ VÁZQUEZ.
FELIPE MICHELINI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.