Publicada D.O. 8 set/009 - Nº
27810
Ley Nº 18.544
DOCTOR BOLÍVAR LEDESMA
DESIGNACIÓN A LA ESCUELA AL AIRE
LIBRE Nº 34
DEL DEPARTAMENTO DE TREINTA Y TRES
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Desígnase
"Doctor Bolívar Ledesma" la Escuela al Aire Libre Nº 34 del
departamento de Treinta y Tres, dependiente del Consejo de
Educación Primaria, Administración Nacional de Educación
Pública.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
18 de agosto de 2009.
RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 26 de agosto de
2009.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
designa "Doctor Bolívar Ledesma" la Escuela al Aire Libre Nº 34 del
departamento de Treinta y Tres, dependiente del Consejo de
Educación Primaria, Administración Nacional de Educación
Pública.
TABARÉ VÁZQUEZ.
FELIPE MICHELINI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.