Ley 18578

Descarga el documento

Publicada D.O. 7 oct/009 - Nº 27831 Ley Nº 18.578 BLANCA OLIRA LEMOS GONZÁLEZ PENSIÓN GRACIABLE El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable a la señora Blanca Olira Lemos González, cédula de identidad Nº 743.770-1, equivalente a 4 BPC (cuatro Bases de Prestaciones y Contribuciones). Artículo 2º.- Precísase que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8 de setiembre de 2009. RODOLFO NIN NOVOA, Presidente. Claudia Palacio, Prosecretaria. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 18 de setiembre de 2009. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se concede una pensión graciable a la señora Blanca Olira Lemos González. RODOLFO NIN NOVOA. MARÍA SIMON. ANDRÉS MASOLLER. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.