Publicada D.O. 4 nov/009 - Nº
27849
Ley Nº 18.599
MOZOS DE CORDEL
SE PRORROGA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE
DE 2011 EL PLAZO DE LOS CONTRATOS
REGULADOS POR LAS LEYES Nos. 18.057 Y 18.392
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Prorrógase hasta el 31 de julio de 2011
el plazo de los contratos referidos en el artículo 4º de la
Ley
Nº 18.057, de 20 de noviembre de 2006, en la redacción dada por
el artículo 1º de la Ley Nº 18.392, de 24 de octubre de 2008, quedando
incluidos en esta disposición los contratos a que refiere el
artículo 2º de este último cuerpo normativo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 9 de setiembre de 2009.
HORACIO YANES,
2do. Vicepresidente.
José Pedro Montero,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 21 de setiembre de
2009.
Habiendo expirado el plazo previsto en la Constitución de la
República y de conformidad con lo establecido por su artículo 144
cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
prorroga hasta el 31 de julio de 2011 el plazo de los contratos de
los mozos de cordel, regulados por las Leyes Nº 18.057, de 20 de
noviembre de 2006, y Nº 18.392, de 24 de octubre de 2008.
RODOLFO NIN NOVOA.
JORGE BRUNI.
PEDRO VAZ.
ALVARO GARCÍA.
GONZALO FERNÁNDEZ.
CARLOS LISCANO.
RAÚL SENDIC.
JULIO BARÁIBAR.
MARÍA JULIA MUÑOZ.
ANDRÉS BERTERRECHE.
HÉCTOR LESCANO.
CARLOS COLACCE.
MARINA ARISMENDI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.