Publicada D.O. 14 oct/009 - Nº
27835
Ley Nº 18.609
CONVENIO INTERNACIONAL DEL TRABAJO
Nº 102 SOBRE
LA SEGURIDAD SOCIAL (NORMA MÍNIMA)
APROBACIÓN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Apruébase el Convenio Internacional del Trabajo Nº 102
sobre la seguridad social (norma mínima), 1952, adoptado por la
Conferencia Internacional del Trabajo en su trigésima quinta
reunión celebrada en Ginebra en junio de 1952.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 15 de setiembre de 2009.
ROQUE ARREGUI,
Presidente.
José Pedro Montero,
Secretario.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 2 de octubre de
2009.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
aprueba el Convenio Internacional del Trabajo Nº 102 sobre la
seguridad social (norma mínima), 1952, adoptado por la Conferencia
Internacional del Trabajo en su trigésima quinta reunión celebrada
en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, en junio de 1952.
TABARÉ VÁZQUEZ.
JULIO BARÁIBAR.
PEDRO VAZ.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.