Ley 18633

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Publicada D.O. 15 ene/010 - Nº 27898 Ley Nº 18.633 CONVENIO DE INTEGRACIÓN CINEMATOGRÁFICA IBEROAMERICANA Y ACUERDO LATINOAMERICANO DE COPRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA Y SUS RESPECTIVOS PROTOCOLOS DE ENMIENDA APROBACIÓN El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo único.- Apruébanse el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en la ciudad de Caracas, República de Venezuela, el 11 de noviembre de 1989; el Protocolo de Enmienda del Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el 12 de julio de 2006; el Acuerdo Latinoamericano de Coproducción Cinematrográfica, suscrito en la ciudad de Caracas, República de Venezuela, el 11 de noviembre de 1989, y el Protocolo de Enmienda al Acuerdo Latinoamericano de Coproducción Cinematográfica, suscrito en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el 12 de julio de 2006.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 22 de diciembre de 2009. ROQUE ARREGUI, Presidente. José Pedro Montero, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Montevideo, 28 de diciembre de 2009. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueban el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana y el Acuerdo Latinoamericano de Coproducción Cinematográfica, suscritos en la ciudad de Caracas, República de Venezuela, el 11 de noviembre de 1989; y el Protocolo de Enmienda del Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana y el Protocolo de Enmienda al Acuerdo Latinoamericano de Coproducción Cinematográfica, suscritos en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el 12 de julio de 2006. TABARÉ VÁZQUEZ. PEDRO VAZ. JORGE BRUNI. ÁLVARO GARCÍA. MARÍA SIMON. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.