Constitución De La República De Uruguay

  • Artículo 82 La Nación adopta para su Gobierno la forma democrática republicana.Su soberanía será ejercida directamente por el Cuerpo Electoral en los casos de elección, iniciativa y referéndum, e indirectamente por los Poderes representativos que establece esta Constitución; todo conforme a las reglas expresadas en la misma.

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